Con fecha de 7 de septiembre de 2012 se publico en el BOE, un Proyecto de Ley en el que se regulan, entre otras cosas, las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia. http://www.congreso.es/public_oficiales/L10/CONG/BOCG/A/BOCG-10-A-18-1.PDF.
A modo de ejemplo, estas son alguna de las tasas que cada ciudadano deberá abonar por acudir a los Tribunales de Justicia:
En el orden Jurisdiccional Civil:
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Verbal y cambiario |
Ordinario |
Monitorio, monitorio europeo y demanda incidental en el proceso concursal |
Ejecución Extrajudicial y oposición a la ejecución de títulos judiciales |
Concurso necesario |
Apelación |
Casación y de infracción procesal |
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150 € |
300 € |
100 € |
200 € |
200 € |
800 € |
1200 € |
En el orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo:
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Abreviado |
Ordinario |
Apelación |
Casación |
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200 € |
350 € |
800 € |
1200 € |
Esta tabla es una base fija mínima.
Es decir, pleitear va a ser mas caro, y tal y como ha señalado el Consejo General de la Abogacía, tiene un claro efecto disuasorio. De nuevo se afecta el derecho de cada ciudadano a la tutela judicial efectiva.
A partir de su aprobación volveremos a escuchar en los despachos profesionales frases como «es que no me merece la pena», «para que voy a pleitear»…
Lo dicho, malos tiempos para la lírica Saldrán ganando los de siempre.
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